El pasado 24 de abril de 2009, tras su publicación en el B.O.E y aprobado mediante Orden Ministerial VIV/984/2009 de 15 de abril, entró en vigor el documento por el que se modifican documentos básicos del Código Técnico de la Edificación que fue aprobado por Real Decreto 314/2006 de 17 de marzo y por Real Decreto 1371/2007 de 19 de octubre. 

El Código Técnico de la Edificación, tal y como lo define la Ley 38/1999 de 5 de noviembre de Ordenación de la Edificación, es el marco normativo que establece las exigencias básicas de calidad de los edificios y de sus instalaciones.  En virtud de esta Ley, se establece que el Código Técnico de la Edificación se actualizará periódicamente conforme a la evolución de la técnica y la demanda de la sociedad.   En este sentido, en el proceso de aplicación del Código Técnico a situaciones reales se ha venido constatando la necesidad de realizar ciertas modificaciones con el fin de hacer más clara y precisa su aplicación.

Así, la actual modificación que lleva por nombre «Documento Básico DB-HR Protección frente al ruido» establece la obligatoriedad de la aplicación de las exigencias básicas en él incluidas en la construcción de nuevos edificios, tanto destinados a viviendas como los de uso sanitario, docente, administrativo o socio-cultural.

Las principales medidas del Documento Básico de Protección frente al ruido son:

  • Aislamiento contra el ruido. Mejora de los niveles de aislamiento aumentando las exigencias hasta en más de 3 veces, equiparándonos al resto de los países del ámbito comunitario e incrementando así los niveles de aislamiento frente al ruido.
  • Verificación y controles. Verificación del cumplimiento de las exigencias de aislamiento que recoge la normativa mediante parámetros verificables en medición de obras.
  • Extensión a todos los elementos constructivos. Las exigencias afectarán a la totalidad de los elementos construidos de un recinto, como por ejemplo, tabiques, forjados, cubiertas y fachadas, y no solo al elemento de separación entre los recintos, tal y como venía siendo hasta ahora.
  • Condiciones acústicas. Se somete a regulación el eco y las malas condiciones acústicas, a través de la cuantificación del tiempo de reverberación en recintos como restaurantes y salas de conferencias.
  • Se introducen nuevas reglas constructivas para disminuir el ruido de las instalaciones de fontanería y saneamiento, bajantes, ascensores, etc. y métodos y prácticas para minimizar la transmisión de ruido y vibraciones provocadas por las instalaciones.

En definitiva, un paquete de medidas interesantes y prácticas de cara a la construcción de las nuevas edificaciones, dirigidas a la búsqueda de una mejor calidad de vida no solo en los hogares sino en todas aquellas instalaciones destinadas a un uso público o social.