A mediados del diciembre pasado, en el Boletín Oficial de Navarra nº 155 de 18 de diciembre, fue publicada la Ley Foral 15/2009, de 9 de diciembre, de medidas de simplificación administrativa para la puesta en marcha de actividades empresariales o profesionales, cuyo principal objetivo es, tal y como se establece en su exposición de motivos, presentar «un paquete de medidas administrativas de simplificación administrativa con el objeto de facilitar a las personas físicas o jurídicas la puesta en marcha de actividades empresariales o profesionales en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra«.

Las medidas más importantes incluidas en esta nueva Ley son:

1º.- Declaración de inversiones de interés foral: El Gobierno de Navarra puede declarar mediante Acuerdo como inversiones de interés foral, aquellos proyectos que tengan especial relevancia para el desarrollo económico, social o territorial de Navarra, reduciéndose a la mitad los plazos previstos tanto administrativos como para aprobaciones y tramitaciones urbanísticas, así como los plazos para el otorgamiento de cualquier licencia que resulten precisas para la ejecución, apertura o funcionamiento de las obras o actividades.

2º.- Declaración responsable: A través de un documento suscrito por la persona o entidad que vaya a poner en marcha una actividad en el que se declara, bajo su responsabilidad, que reúne todos los requisitos establecidos legalmente para iniciarla, así como de la presentación de toda la documentación necesaria, se podrá otorgar por el Ayuntamiento de manera automática la concesión de Licencia de Actividad, condicionada eso sí, a la efectiva verificación de lo presentado a la normativa vigente.

3º.- Licencias condicionadas: Se posibilita ahora la concesión de licencias que, aún cuando no cumpliendo todos los requisitos legales o no obrando en el expediente toda la documentación, se presuma que vayan a cumplirse con facilidad, algo que no sucedía con anterioridad y que retrasaba de manera notable la obtención de permisos.

4º.- Otras medidas de interés:

Se posibilita que una licencia de obras pueda ser otorgada antes de la concesión de la licencia de actividad en aquellos supuestos de baja incidencia ambiental.

Se posibilita la obtención de las autorizaciones de enganche o ampliaciones de suministros con anterioridad a la obtención de la licencia de apertura, si bien condicionado a la obtención de la misma.

Los proyectos técnicos se podrán presentar por vía telemática una sola vez, evitando que haya que presentarlos en papel en cada Departamento de la Administración Foral o en cada solicitud que se eleve a la misma.

En definitiva, un paquete de medidas interesantes y de gran importancia para agilizar todos aquellos trámites administrativos necesarios para poner en marcha cualquier actividad.