Ley de Cantabria 5/2011, de 29 de Diciembre, de medidas fiscales y administrativas
El pasado 31 de diciembre, se ha publicado en el Boletín Oficial de Cantabria la Ley de Cantabria 5/2011, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas que, desde el punto de vista fiscal introduce las siguientes novedades:
Impuesto sobre el Patrimonio
Con efectos para 2011:
- Se recoge expresamente el mínimo exento, que queda establecido en 700.000 € (antes 150.000 €, con carácter general)
- Se modifica el tipo de gravamen aplicable adaptándolo al regulado por la normativa estatal, esto es:
|
Base liquidable |
Cuota |
Resto base liquidable |
Tipo aplicable |
|
0,00 |
0,00 |
167.129,45 |
0,2 |
|
167.129,45 |
334,26 |
167.123,43 |
0,3 |
|
334.252,88 |
835,63 |
334.246,87 |
0,5 |
|
668.499,75 |
2.506,86 |
668.499,76 |
0,9 |
|
1.336.999,51 |
8.523,36 |
1.336.999,50 |
1,3 |
|
2.673.999,01 |
25.904,35 |
2.673.999,02 |
1,7 |
|
5.347.998,03 |
71.362,33 |
5.347.998,03 |
2,1 |
|
10.695.996,06 |
183.670,29 |
en adelante |
2,5 |
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
- Transmisión de viviendas situadas en municipios con problemas de despoblación:
- Modalidad TPO: 5%
- Modalidad AJD: 0,3%
- Transmisión de inmuebles a favor de sociedades cuyos socios sean menores de 36 años
Se introducen tipos reducidos, tanto en la modalidad TPO como AJD, a favor de jóvenes empresarios, menores de 36 años, cuyas sociedades mercantiles adquieran inmuebles. Las transmisiones de inmuebles en las que el adquirente sea una sociedad mercantil participada en su integridad por jóvenes menores de 36 años con domicilio fiscal en Cantabria tributarán al tipo reducido del 4% (TPO) o 0,3% (AJD), siempre que:
- El inmueble se destine a ser la sede de su domicilio fiscal o centro de trabajo durante al menos los cinco años siguientes a la adquisición
- Se mantenga durante el mismo periodo la forma societaria de la entidad adquirente
- Los socios en el momento de la adquisición deberán mantener también durante dicho periodo una participación mayoritaria en el capital de la sociedad y su domicilio fiscal en Cantabria
- La aplicación del los tipos se encuentra condicionada a que se haga constar en el documento público en el que se formalice la compraventa la finalidad de destinarla a ser la sede del domicilio fiscal o centro de trabajo de la mercantil adquirente, así como la identidad de los socios de la sociedad y la edad y la participación de cada uno de ellos en el capital social
No se aplicarán estos tipos si no consta dicha declaración en el documento ni tampoco se aplicarán cuando se produzcan rectificaciones del documento que subsanen su omisión, salvo que las mismas se realicen dentro del plazo voluntario de presentación de la declaración del impuesto.
- Se recogen tipos reducidos para la transmisión onerosa de explotaciones agrarias a las que sea aplicable el régimen de incentivos fiscales de la Ley 9/1995, de Modernización de las Explotaciones Agrarias.
Las transmisiones onerosas de una explotación agraria prioritaria familiar, individual, asociativa o asociativa cooperativa especialmente protegida en su integridad tributarán, por la parte de la base imponible no sujeta a reducción, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 19/1995, de 4 de julio de Modernización de las Explotaciones Agrarias, al tipo reducido del 4%.
Impuesto sobre las Bolsas de Plástico de un solo uso
Con efectos a 31 de diciembre de 2011 queda derogado el Impuesto sobre Bolsas de Plástico de un solo uso.
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